Narcotráfico y lavado de dinero: Derecho penal de empresas

Bufete Internacional d defensa penal - abogado penal internacional
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El narcotráfico supone la fabricación (producción), distribución, transporte, venta, consumo y reciclaje de substancias tóxicas, adictivas o no, potencialmente dañinas para la salud, por parte de grupos ilegales, mafias o los denominados “Carteles”. Estas organizaciones tienen un impacto negativo en Estados y organizaciones, los cuales pueden asociarse a fenómenos de corrupción de los sistemas políticos y judiciales, el control de los medios de comunicación masiva, la violencia, el terrorismo, la drogadicción y el lavado de activos.


El Narcotráfico produce inmensos ingresos económicos provenientes de la venta clandestina de drogas que, además de constituir una mercancía prohibida por la ley, evade los aranceles e impuestos que se establecen para la compra-venta, el transporte, etcétera… de cualquier producto comerciable. Las ganancias que genera el contrabando de estupefacientes se producen en dinero que no ha sido declarado a Hacienda: dinero negro. Para hacer uso de él, los narcotraficantes necesitan “legitimarlo” de alguna manera, por lo que se hace necesaria la colaboración y/o participación de entidades bancarias, firmas financieras y empresas que funcionan bajo los códigos legales existentes.


Además, el lavado de dinero también es un delito de fraude fiscal, puesto que los fondos que se utilizan proceden de actividades ilícitas que forman parte de la economía sumergida, la cual evade impuestos tributarios, etcétera. Es más sencillo para los acusadores públicos (fiscalía) demostrar un delito fiscal que un delito ordinario en los procesos judiciales.


¿Cuáles son los principales métodos utilizados por los narcotraficantes para realizar lavado de dinero que se asocian al desempeño empresarial?
Los Narcos se pueden apoyar en funcionarios u organizaciones, extorsionándolos para que oculten u omitan los informes a las autoridades sobre las grandes transacciones de fondo que se realizan, a veces incluso pueden gozar de la contribución de entidades financieras y/o empresas por ignorancia de estas. En ocasiones, el dinero negro recaudado de la compra-venta ilícita se suma al capital de una empresa que opera bajo el ámbito legal, para luego justificar esos fondos como rentas de la empresa.


Otras veces, los blanqueadores transportan al exterior el efectivo con fondos de otras empresas y compran bienes como inmuebles, vehículos etcétera; a vendedores que muchas veces forman parte del circuito de lavado de dinero, pero también a otras que lo desconocen, a precios sumamente bajos para venderlos nuevamente, esta vez a elevado coste, justificando así los ingresos de capital con la diferencia resultante de la transacción. Se suelen realizar facturas de importación-exportación o “doble facturación”, de modo que el dinero puede ser colocado como la diferencia entre la factura “engordada” y el valor real.


Además de todos estos métodos de inserción de dinero negro en el mercado, existen las “Shell Company”, que son compañías de fachada, las cuales funcionan de manera legal, pero desarrollan poca o ninguna de las actividades económicas que deberían, sin embargo de desarrollan y obtienen ganancias y estas son iguales al dinero blanqueado.


¿Qué relación existe entre el Derecho mercantil o Derecho comercial y el Derecho Penal?
El derecho Mercantil o Derecho Comercial es una rama del Derecho privado que regula las normativas correspondientes a los comerciantes en la ejecución  de su profesión, a las actividades de comercio calificadas legalmente como tal y a las relaciones jurídicas originadas de la realización de las mismas. Está estrechamente relacionado con el Derecho público, pero es puramente profesional, se orienta a la resolución de conflictos producidos en el marco de la actividad propia de los empresarios y se regula mediante leyes, decretos, etcétera, que provienen del Código Penal de la nación y/o el Código Penal Internacional.


¿Por qué las actividades correspondientes al lavado de dinero proveniente del narcotráfico tienen proyección internacional, a pesar de que forman parte del campo de acción del sistema jurídico mercantil?
El narcotráfico afecta considerablemente la calidad de vida de las personas en todo el mundo, lo que lo convierte en un crimen contra la humanidad. Los grandes carteles compiten de manera agresiva por el control del mercado global y para ello, incurren en otros crímenes como el soborno a personal judicial y a pequeñas entidades privadas. Ya que están incapacitados a resolver sus conflictos a través de procedimientos legales utilizan conductas violentas para solucionar sus disputas, incluyendo matanzas, agresiones a la integridad física y mental de los miembros del grupo, traslados forzosos, etcétera, los cuales constituyen actos de genocidio.

Estos fenómenos colaterales al narcotráfico competen a los tribunales internacionales de justicia.
Las empresas privadas, con o sin conocimiento de dichas actividades delictivas, pueden contribuir a favorecerlas. Es por ello que se deben de tomar en consideración todos los aspectos relacionados con estos casos, para esclarecer el grado de complicidad de comerciantes que realizan sus actividades económicas bajo el amparo legal pertinente a su desempeño mercantil, institucionalizados o independientes, con la mafia (o las mafias) con las cuales colaboran; a fin de esclarecer el grado de conocimiento e interrelación entre ambos, ya que el delito de Tráfico de Drogas es una infracción bastante más grave que trasciende la mera violación de las leyes económicas y el Derecho privado.